Fases de Incorporación al MSBColombia
FASES DE INCORPORACIÓN DE AFILIADOS INICIADOS Y CONFORMACIÓN DE COMITES PROMOTORES MSBColombia
Premisa:
El MSBColombia NO llama ni solicita a nadie a la lucha Revolucionaria..
Cada persona Hombre o Mujer, mayor de 14 años, solicita su adhesión en plena libertad, resultado de un acto de conciencia libre y voluntario.
Se puede incorporar todo ciudadano Colombiano mayor de 14 años en pleno uso de sus derechos civiles.
La admisión del ingreso al MSBColombia se cumple cuando se expide el respectivo carné de afiliación expedido por la autoridad competente.
FASE I
El Ingreso:
LECTURA, ESTUDIO Y ACEPTACIÓN, 1. Acta de constitución MSBColombia., 2. Manifiesto Comunero Socialista Bolivariano, 3. Estatuto MSBColombia, 4. Código de ética, 5. Manifiesto orden y Organización y 6. La revolución Bolivariana en Colombia presente y futuro I.
Presenta la Solicitud de Afiliado Iniciado. Anexa fotocopia de la T.I. o la C.C.
ESTUDIO SOLICITUD DE ADMISION: El Comité Político Central dispone de un término de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha en que es entregada la petición, para resolver sobre la admisión de un nuevo afiliado.
FASE II
Constituir Comité Promotor
El Comité Promotor es la instancia inicial de organización por cuadra, barrio, comuna, Municipio o Departamento. (Mínimo cinco, máximo siete personas). El Comité Promotor se reúne por lo menos una vez a la semana para reuniones ordinarias, con horario fijo de al menos dos horas de trabajo. Convoca los Consejos de Dirección.
Solicita al Director General el formato de Impulsor MSBColombia para la jurisdicción correspondiente: Cuadra, Barrio, Comuna, Municipio, Distrito o Departamento y espera su aprobación.
El Director General expide el acta de nombramiento como impulsor al solicitante, en un término máximo de 10 días hábiles.
Una vez aceptado como Impulsor organiza La reunión para la constitución del comité promotor dentro de 30 días después de la notificación.
Tener en cuenta el Protocolo para la conformación de Comités Promotores
FASE III
Consejos de Dirección
Los Consejos de Dirección son las instancias finales de organización por Municipio o Departamento. (Mínimo cinco, máximo siete personas). Los Comités Promotores convocan Asambleas populares y allí nombran los Consejos de Dirección.
Es el órgano ejecutivo de los planes y proyectos trazados por la Asamblea General de Afiliados, la Dirección General, del Comité Político Central y del Consejo de Dirección Nacional.
El Comité Promotor de la Jurisdicción convoca las Asambleas Populares para nombrar allí los Consejos de Dirección de la Jurisdicción.
Los Consejos de Dirección están integrados por (Mínimo cinco, máximo siete personas), elegidos por Asamblea Generales de Afiliados Militantes y Simpatizantes mediante votación secreta y nombre por nombre.
En los siguientes 90 días de nombrado El Comité Promotor organiza la Asamblea de Conformación del Comité de Base ó Consejo de Dirección según la jurisdicción
Les deseamos el mayor de los éxitos a nombre de la esperanza de cambio y transformación de Colombia de la mano del Socialismo Bolivariano.
M.S.B. Colombia “Compromiso con la Humanidad”
Como Trincado, Sandino y el Che, decimos:
Hasta la Victoria….
SIEMPRE MAS ALLA
Fraternalmente
David Corredor Cuéllar
Director General
MSBColombia